Partidos Políticos Locales
Concluido el proceso de verificación, el padrón de personas afiliadas de los PPN (Partidos Políticos Nacionales) o PPL (Partidos Políticos Locales) aprobado por el Consejo General del Instituto o del OPL, la DEPPP (Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos) o la instancia facultada por el OPL integrarán una base de datos por cada PPN y PPL que contenga los padrones de personas afiliadas correspondientes y gestionará su publicación en la página de internet del Instituto o del OPL, el día hábil siguiente en que la resolución correspondiente haya quedado firme.
