El Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes (IEE) celebró su sesión ordinaria del mes de mayo, en la que se aprobaron los Lineamientos para garantizar la paridad de género en el Proceso Electoral Concurrente 2026-2027 en Aguascalientes, en el que se establecen las reglas y criterios que los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes y las candidaturas independientes deberán adoptar para dar cumplimiento a la igualdad sustantiva en el acceso y ejercicio del poder público.
Tanto para la postulación de candidaturas a Diputaciones Locales y para la integración de los Ayuntamientos, se deberán atender los siguientes criterios:
Las fórmulas de candidaturas deberán conformarse con personas del mismo género, con la posibilidad de inscribir a una candidatura del género femenino como suplente de una candidatura propietaria asignada a una persona del género masculino, pero nunca al revés.
Para la postulación de las candidaturas a Diputaciones Locales por el principio de mayoría relativa, se deberá garantizar que al menos el 50% de las candidaturas (o el porcentaje más cercano) sean destinadas a personas del género femenino.
Para la integración de las planillas a los Ayuntamientos, se deberán alternar los géneros de las personas inscritas, de tal forma que, por ejemplo, si se postula a una persona del género masculino a la Presidencia Municipal, para la Sindicatura, la candidatura deberá ser para una mujer, y así sucesivamente. Este principio de paridad vertical también se adoptará en los listados de regidurías y diputaciones por representación proporcional.
Para la elección de Ayuntamientos, por primera vez se contempla la reserva de exclusividad para candidaturas de mujeres por deuda histórica, mediante la cual se busca incentivar no sólo la participación política de las personas del género femenino en las candidaturas sino también para acceder a los cargos públicos.
De esta forma, en los Ayuntamientos en los que la Presidencia Municipal nunca ha sido ocupada por una mujer, se establece la medida para que todos los partidos políticos (de forma individual o coaligada) y las candidaturas independientes postulen de forma exclusiva a mujeres. Esta medida aplicará en los municipios de Asientos, Calvillo, Cosío, El Llano, Jesús María y Rincón de Romos.
Por otro lado, en los municipios de Aguascalientes, Pabellón de Arteaga, San José de Gracia, San Francisco de los Romo y Tepezalá, cuyas Presidencias Municipales ya han sido ocupadas por una mujer, al menos una vez en su historia, las personas actoras políticas contendientes tendrán la libertad de postular a personas de cualquier género.
A fin de garantizar el acceso de las mujeres a candidaturas en demarcaciones competitivas, los partidos políticos deberán postular a personas de este género en regiones de rentabilidad política para integrar el Congreso del Estado.
Para ello, los 18 distritos electorales locales se clasificarán en cuatro bloques de competitividad (alto, medio alto, medio bajo y bajo), a partir de la votación válida emitida obtenida por cada partido político en el proceso electoral local inmediato anterior.
A los partidos políticos locales de nueva creación, que no cuentan con antecedentes en procesos electorales, no se les aplicará este criterio, teniendo libertad para la configuración de sus candidaturas. Mientras que, en el caso de las coaliciones, en su caso, se extraerá un porcentaje para determinar nuevos bloques de competitividad entre los partidos políticos que las integren.
Los partidos políticos deberán alternar el género entre mujeres y hombres en la postulación de cada elección, tomando como referencia el género postulado por cada partido político en el proceso electoral previo. Los partidos podrán postular en periodos electivos consecutivos a candidaturas del género femenino.
Los partidos políticos no podrán postular candidaturas de un solo género en los tres distritos con los porcentajes de votación más bajos en el proceso electoral local ordinario inmediato anterior.
En el caso de las personas de la diversidad sexual y de género, las candidaturas postuladas e identificadas como no binarias y como hombres trans se considerarán como candidaturas contabilizadas en el espectro del género masculino. A su vez, las mujeres identificadas con el término cis o transgénero, se considerarán como adscritas al género femenino.
En otro tema, se avalaron los Lineamientos para que los partidos políticos registrados y acreditados ante el Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes, prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la violencia política contra las mujeres en razón de género.
En este marco normativo se incluyen nuevos mecanismos verificables de cumplimiento, indicadores de evaluación y rendición de cuentas, fortaleciendo la obligatoriedad para la presentación del Programa Anual de Trabajo y del informe anual de actividades de los partidos políticos, así como el reconocimiento del principio de no revictimización.
Además, se confirmó el proyecto de acuerdo mediante el cual se faculta a la Consejera Presidenta del IEE para formular y suscribir el Convenio general de coordinación y colaboración con el Instituto Nacional Electoral (INE), con el fin de establecer las bases para la organización y ejecución del Concurso Público 2026 de ingreso a cargos y puestos del Servicio Profesional Electoral Nacional (SPEN) del sistema de los organismos públicos locales.
Asimismo, se votó por unanimidad la sustitución de la Secretaría Operativa de la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias, asumiendo en la función el Encargado de despacho de la Coordinación de lo Contencioso Electoral, Israel Hernández Contreras. Tras el nombramiento, se llevó a cabo la toma de protesta correspondiente.
De la misma manera, se presentaron los informes semestrales de las comisiones permanentes del Servicio Profesional Electoral Nacional (SPEN), Capacitación y Organización Electoral, Quejas y Denuncias, Igualdad Política y No Discriminación, Tecnologías e Innovación, Participación Ciudadana y Educación Cívica, en los que se detallan las principales actividades realizadas en cada uno de los rubros.
Se agregaron, además, el informe bimestral de la Comisión Temporal de Normatividad, respecto a las opiniones de propuestas de reforma de ley solicitadas por el Congreso del Estado y el segundo informe bimestral de Acciones 2026, que rinde la titular del Órgano Interno de Control del IEE.
A ello, se sumaron los informes mensuales ordinarios respecto a las actividades de las Consejerías Electorales en favor de la promoción de la educación cívica y la cultura democrática y el de Oficialía Electoral.
